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Los Certificados Únicos de Discapacidad ya no tendrán vencimiento: cómo será el nuevo funcionamiento
Los certificados de discapacidad ya no tendrán vencimiento. (Foto: Gobierno nacional)

Los Certificados Únicos de Discapacidad (CUD) ya no tendrán plazo de vencimiento, a partir de una resolución adoptada por el Gobierno nacional a través de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), que fue publicada en el Boletín Oficial.

"Establézcase que el Certificado Único de Discapacidad se otorgará sin sujeción a plazo temporal alguno, manteniendo plena vigencia y validez mientras que los criterios certificantes se mantengan", se dispuso en el artículo 1° de la Resolución 322/2023, con la firma del director ejecutivo de ANDIS, Fernando Gaston Galarraga.

El Estado tomará contacto con "la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados, cuestión clave para asegurar el acceso a derechos, prestaciones y servicios derivados de la certificación, como así también para mantener los registros actualizados que sirven para diseñar y ejecutar eficientemente políticas públicas para las personas con discapacidad".

¿Cada cuánto tiempo se actualizarán los datos del CUD?

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El Estado tomará contacto con "la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados". (Foto: archivo)

El Estado tomará contacto con "la persona con discapacidad para acompañarla y mantener sus datos actualizados". (Foto: archivo)

"Las instancias de acompañamiento y actualización -agregó la Andis- se efectivizarán con una periodicidad entre los 5 y 15 años, en todos los casos, contados desde la certificación inicial o de la instancia de actualización correspondiente, mediante un contacto y acercamiento fehaciente por parte del Estado, a través de los canales y vías de comunicación existentes y de los que se implementen en el marco de la innovación tecnológica planificada a tal efecto".

Para el organismo Andis, la resolución oficial" ratifica la implementación progresiva, gradual y en etapas, de una nueva dinámica de vinculación de las personas con discapacidad con los procesos de certificación, tanto para quienes ya poseen el CUD, como para aquellas que tramiten la obtención del mismo por primera vez".

Certificado Único de Discapacidad: cuándo empieza su entrega sin fecha de vencimiento

En el anexo integrado este lunes en la edición del Boletín Oficial, la ANDIS plantea una estructura de ejecución por etapas del CUD, según el siguiente esquema de exposición:

  • Etapa 1: al 15 de marzo de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman tanto en su versión física (Resolución N° 512/18), como en su versión digital (Resolución N° 2189/2021), no tendrán fecha de vencimiento, e incorporará el período en el que deba efectivizarse la instancia de actualización respectiva;
  • Etapa 2: al 1° de junio de 2023 todos los nuevos CUD que se emitan y/o que se impriman se efectivizarán bajo el formato y modalidad que determine la ANDIS, suprimiéndose el uso de papel moneda por parte de las JEI,
  • Etapa 3: al 1° de octubre de 2023 se efectivizará y ejecutará de forma integral la nueva dinámica de vinculación, certificación, y acompañamiento de las personas con discapacidad.

Qué documentos se necesitan para sacar el Certificado Único de Discapacidad

La persona interesada en obtener el CUD deberá reunir la siguiente documentación:

  • Documento Nacional de Identidad (DNI) vigente y/o cualquier otro documento que acredite identidad. Para el inicio del trámite de certificación resultará también válido el Certificado de Pre-identificación expedido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER);
  • Completar la planilla de solicitud de Certificado Único de Discapacidad (CUD) a través de la modalidad y formato que determine la ANDIS a tal efecto;
  • Certificado médico con firma y sello, con vigencia no mayor a 1 año, expedido por médico tratante, que contemple diagnóstico, estado actual, y resumen que detalle la condición de salud. Además, en los casos que corresponda, se deben establecer las secuelas y alternativas de tratamiento;
  • En el caso de que se trate de una persona menor de 16 años de edad: partida de nacimiento, en caso de corresponder; DNI de la/s o el/los progenitores, o DNI vigente de la/s o el/los guardador/es, tutora/es, o persona/s a las que se haya delegado la responsabilidad parental y el testimonio de la sentencia que acredite tal carácter.

¿A qué derechos permite acceder el CUD?

-Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos).

-Traslados gratuitos en el transporte público terrestre.

-Ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyuge con discapacidad.

-Exención de pago de peajes, impuestos (municipales, patentes, entre otros).

-Símbolo Internacional de acceso: libre estacionamiento en los lugares permitido Acceso al Cupo Laboral en la Administración Pública.

Información extraída de A24.com
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